Presenta tu declaración anual en Marzo si eres persona moral o en abril si eres persona física. Te ayudamos a presentarla en tiempo y forma, evita multas y obtén consejos profesionales.
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Estos son los requisitos para tu declaración anual, haz una lista y de preferencia consérvalos en un expediente digital o físico.
Si no tienes todos los requisitos te ayudamos a tramitarlos con un pequeño costo extra. Algunos destacados.
Para tus futuras declaraciones y aclaraciones te entregamos todos los documentos necesarios para acreditar tu trámite. Recuerda que debes conservarlos por al menos 5 años.
Sin mucho cuento, trabajamos rápido para que tengas la mente tranquila.
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Te enviamos una oferta adecuada a tus necesidades. La revisas y si te parece bien comenzamos a trabajar. Te solicitaremos a información necesaria.
Te brindamos los servicios necesarios y haremos un resumen de lo que hemos hechos y te daremos algunos consejos.
Resumimos los resultados.
La declaración anual de personas físicas debe presentarse del 1 al 30 de abril de cada año, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que la fecha límite sea inhábil, el plazo puede extenderse al siguiente día hábil.
Están obligadas las personas físicas que obtuvieron ingresos por honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, sueldos y salarios mayores a ciertos montos, o que tuvieron más de un patrón, entre otros supuestos establecidos por el SAT.
Debes incluir todos los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal, así como las retenciones, pagos provisionales realizados y, en su caso, las deducciones personales autorizadas.
Puedes deducir gastos médicos, dentales, hospitalarios, colegiaturas, donativos, aportaciones voluntarias para el retiro, intereses reales de créditos hipotecarios y primas de seguros de gastos médicos, siempre que cuentes con CFDI válido y el pago se haya realizado por medios electrónicos.
Necesitas tu RFC y contraseña o e.firma vigente para ingresar al portal del SAT, así como acceso a la información de tus ingresos, deducciones y estados de cuenta del ejercicio fiscal.
El incumplimiento puede generar multas, recargos y actualizaciones, además de posibles restricciones en trámites fiscales futuros ante el SAT.
Sí. El SAT permite presentar una declaración complementaria para corregir datos como ingresos, deducciones o impuestos determinados incorrectamente.
Si tienes saldo a favor, puedes solicitar la devolución automática al SAT o compensarlo contra impuestos futuros, siempre que cumplas con los requisitos establecidos.
Sí. Aunque el SAT precarga información de ingresos y retenciones, es responsabilidad del contribuyente revisar que los datos sean correctos antes de enviar la declaración.
Sí. Se presenta una sola declaración anual, pero esta debe incluir todos los ingresos obtenidos en los distintos regímenes fiscales en los que esté inscrito el contribuyente.
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